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El gobernador de Puerto Rico firma las enmiendas al Código Penal de la isla

El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, firmó hoy las enmiendas al Código Penal con el propósito de reforzar la lucha contra el crimen y proteger a la ciudadanía.

“Las enmiendas al Código Penal que firmo hoy darán más fuerza al Gobierno para combatir el crimen. Estas medidas son parte esencial del compromiso de nuestra Administración con la seguridad del Pueblo, según se contempla en el Plan para Puerto Rico”, enfatizó el primer mandatario.

En este sentido, indicó que estas enmiendas ayudarán a la superintendente de la Policía y a la secretaria de Justicia en la lucha contra el crimen.

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“Hoy, las estadísticas de la Policía reflejan una reducción de casi 11 por ciento en los delitos tipo I y siete asesinatos menos, si comparamos lo que va del año con la misma fecha en el 2016. Falta mucho por hacer y esta medida es un instrumento adicional como lo fue el Acuerdo con las autoridades federales que firmamos en febrero de este año”, agregó el gobernador de acuerdo con un comunicado difundido por La Fortaleza.

Entre las enmiendas aprobadas se destaca el aumento en la pena de 8 a 15 años de cárcel por la apropiación ilegal de fondos públicos que la pasada Administración había reducido en el 2014.

Asimismo, se establece que será delito menos grave el uso de una capucha mientras se altera o interviene en las actividades ordinarias en una instalación pública educativa, en una instalación de salud, o en el interior de edificios de Gobierno.

Además, se establece que, si mientras se utiliza una capucha se comete o intenta cometer un delito grave, el uso de la misma se convertirá en delito grave con pena de tres años.

De otro lado, se restituye como delito grave con pena de tres años la obstrucción o paralización de obras de construcción con los permisos necesarios; esto incluye impedir la entrada o el acceso u ocupar los terrenos.

También, se restituye como delito menos grave la obstrucción de acceso o de labores en instituciones de enseñanza y de salud o edificios donde se ofrecen servicios al público.

Otro de los cambios que se convierten en ley es establecer como delito menos grave, con pena de un año, interrumpir o impedir una reunión oficial realizada, convocada o a cargo de una entidad u organismo gubernamental, ya sea del Poder Ejecutivo, Legislativo o Judicial.

A su vez se convierte en delito menos grave que una persona intencionalmente obstruya o impida permanente o temporalmente el acceso o uso o disfrute de cualquier actividad turística, recuerda la Fortaleza en su comunicado.

Por otro lado, se aumenta la pena de seis meses a un año a toda persona que pegue, fije, imprima o pinte sobre propiedad pública, excepto en postes y columnas.

Igualmente, se convierte en delito menos grave con pena de un año que una persona incite o promueva el uso de fuerza, violencia o intimidación para que se cometa delito contra la persona o propiedad. La persona incurrirá en delito grave con pena de reclusión de tres años si como resultado directo de la incitación se comete un delito grave.

Se aumenta de 25 años a 35 años el término que tendrá que esperar una persona acusada de un delito que conlleve una pena de 99 años de reclusión, para ser elegible a la Junta de Libertad Bajo Palabra; y se aumenta de 5 a 10 años el periodo que podrá tomarse en consideración para alegar reincidencia por convicciones previas.

Por último, el delito de entrar a una propiedad para delinquir, se convierte de uno menos grave con pena de 6 meses a uno grave con pena de 3 años.

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