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Fallan a favor de solicitantes de asilo

.Los solicitantes de asilo en México podrán atravesar su proceso en libertad, fuera de estaciones migratorias, determinó un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

Según una sentencia emitida hoy por el Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Administrativa, las personas detenidas en estaciones migratorias que tramiten un amparo pueden obtener la libertad inmediata mediante la figura de la suspensión y quedar bajo control los jueces de amparo, sujetos a una medida de firma.

“El criterio adoptado en la sentencia podría beneficiar a todas las personas que se encuentren detenidas bajo la figura de ‘alojamiento’ prevista en la Ley de Migración y revertir la detención que opera en nuestro País como regla”, informó la Clínica Jurídica para Refugiados Alaide Foppa, de la Universidad Iberoamericana.

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La sentencia derivó de un amparo presentado contra el Instituto Nacional de Migración, que retuvo durante 358 días a una persona solicitante de asilo.

Aunque solicitó su salida por razones humanitarias, conforme lo prevé la Ley de Migración para los solicitantes de la condición de refugiados, el INM se rehusó a dejarle salir.

En una primera suspensión del amparo, el Juzgado permitió la salida siempre que el consulado del país del solicitante de asilo aceptara su custodia formal.

“El Juzgado de Distrito no sólo provocó la ineficacia de la medida suspensiva, también vulneró el principio de confidencialidad que obliga a los Estados a no informar a los países de origen de las personas solicitantes que han pedido la protección de otro Estado”, añadió la Clínica.

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