Gobernador de Puerto Rico firma dos medidas legislativas laborales
San Juan —
El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, firmó dos medidas legislativas que ofrecen, indicó, “mayores derechos y beneficios” a los trabajadores de la isla, al conceder protecciones sobre el uso de la licencia de enfermedad de los empleados públicos y privados.
“Con la firma de la Ley 4-2017 cumplimos nuestro compromiso programático de hacer una reforma laboral que hiciera justicia al trabajador y al patrono, flexibilizando las normas que impiden el desarrollo económico de la isla. Las medidas que firmamos hoy también aseguran el adecuado balance entre la flexibilidad laboral y la protección del trabajador”, dijo el primer ejecutivo.
El Proyecto de la Cámara 96, de la autoría del representante Ángel Peña, prohíbe a los patronos del sector privado utilizar las ausencias por enfermedad justificadas como un criterio de evaluación de los empleados, agregó en un comunicado difundido por La Fortaleza.
“Una ausencia por enfermedad debidamente justificada es un derecho por lo que no debería dar base a una acción en contra de ese trabajador”, afirmó Rosselló.
La medida prohíbe que se penalice a empleados productivos y sobresalientes que se ven forzados a ausentarse por motivos de salud: “se prohíbe utilizar ausencias justificadas por enfermedad en evaluaciones para ascensos o aumentos de salario; tampoco se podrán considerar las mismas para justificar medidas disciplinarias”.
Por otro lado, el gobernador firmó el Proyecto del Senado 461 de la autoría del senador Miguel Romero, medida que busca crear una licencia especial de seis días anuales para empleados del sector público o privado con enfermedades graves.
Esta licencia podrán usarla aquellos empleados que sufran de las siguientes enfermedades: sida, tuberculosis, lepra, lupus, fibrosis quística, cáncer, hemofilia, anemia aplástica, artritis reumatoide, autismo, postrasplante de órganos, esclerodermia, esclerosis múltiple, esclerosis lateral amiotrófica (ALS, por su sigla en inglés) y enfermedad renal crónica en los niveles 3, 4 y 5.
“Este beneficio aplicará a unos pocos empleados que por sus condiciones se encuentran en el sector más vulnerable de nuestra clase trabajadora. Por ello, es necesario dar paso a esta legislación protectora que permita que estos trabajadores con condiciones crónicas tengan unos días adicionales para atender su enfermedad”, precisó Rosselló.
La licencia se podrá usar después de que un empleado agote sus días por enfermedad.
Los mismos no se acumulan ni se pueden transferir o acumular a otros años; tampoco son liquidables si no se utilizan.
De igual forma, la medida requiere que el empleado haya trabajador, al menos, un año para dicho patrono.