Gael García Bernal y Diego Luna ganan en tribunales caso por imagen no autorizada - Los Angeles Times
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Gael García Bernal y Diego Luna ganan en tribunales caso por imagen no autorizada

Gael García Bernal, actor mexicano, tuvo que esperar una década para espera el fallo a favor.
(Agencia Reforma )

Luego de 10 años de lucha, los “Charolastras” logran que una campaña de licor reconozca que usaron a estos dos actores como imagen sin consentimiento

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Tras una larga espera de casi 10 años, finalmente Gael García Bernal y Diego Luna pueden brindar por un nuevo triunfo... pero logrado en los tribunales.

El par de actores mexicanos ganó en definitiva su demanda de daño moral por el uso no autorizado de su imagen, para una campaña publicitaria del whisky Johnnie Walker.

La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia desecho el 13 de enero por improcedente el último recurso de la empresa Diageo México, distribuidora de Johnnie Walker.

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El actor mexicano Gael García Bernal fue elegido para ser el protagonista en el especial de Halloween que llevará por título “Werewolf by Night”, el cual está basado en cómics de Marvel sobre el Hombre Lobo.

Éste buscaba impugnar la condena que le impuso en enero de 2020 la Octava Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México por provocar daño moral mediante el uso ilícito de imagen.

Diego Luna, actor mexicano.
(Agencia Reforma)

La pelea tomo casi 10 años y requirió 12 sentencias previas de varios tribunales locales y federales.

Esta demanda es adicional a otra que García Bernal también ganó para que Diageo México le pague el 40 por ciento de los ingresos que recibió por la venta de whisky durante el periodo de difusión de la campaña en 2010 y 2011, por infracciones a la Ley Federal del Derecho de Autor.

El mexicano Diego Luna es parte del elenco que prestará voces en la película animada DC League of Super-Pets, producida y estelarizada por Dwayne Johnson.

Será el Juzgado 35 de lo Civil de la CDMX el que calcule el monto de la indemnización de la actual demanda.

“El monto del pago de daño moral debe efectuarse partiendo de la base de una indemnización justa, para lo cual se debe tomar en cuenta que se trató de una campaña publicitaria efectuada en un medio masivo, con el objeto de anunciar una debida indemnización en donde debe tomarse en cuenta que el nivel de intensidad del daño es medio”, ordena la sentencia del TSJCDMX.

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